> 40x30cm > Fotoluminiscente - Metálicas Julio Garcia, S.L.

Fotoluminiscente


Como fabricantes de señales de seguridad ponemos a su disposición esta sección actualizada en nuestro catálogo 2013, en el cual las señales están realizadas bajo la normativa de señalización de seguridad y normas UNE actualmente en vigor: 
 
Real Decreto 485/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas de Prevención de riesgos laborales. Señalización en el trabajo.
Real Decreto 486/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas de Prevención de riesgos laborales. Lugares de trabajo.
UNE 81501 Señalización de Seguridad en los lugares de trabajo. UNE 1115 Colores y Señales de Seguridad.
UNE 23035-4 2003 Señalización fotoluminiscente, Categorías A y B.
 
La señalización de seguridad y protección Laboral de la Salud en el trabajo que les ofrecemos a continuación están fabricadas según RD 485 y 486/1997 y bajo criterios Norma UNE 81501 y UNE 1115 para indicar peligros, prohibiciones y obligaciones con el fin de proteger a las personas y prevenir riesgos.

La señalización de seguridad y salud en el trabajo deberá utilizarse siempre que el análisis de los riesgos existentes, de las situaciones de emergencia previsibles y de las medidas preventivas adoptadas, ponga de manifiesto la necesidad de:
  • Llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
  • Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación.
  • Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
  • Orientar o guiar los trabajadores que realicen determinadas maniobras peligrosas.
 
La elección del tipo de señal, número y su emplazamiento o dispositivos de señalización a utilizar en cada caso se realizará de forma que la señalización resulte lo más eficaz posible, teniendo en cuenta:
  • Las características de la señal.
  • Los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse. - La extensión de la zona a cubrir.
  • El número de trabajadores afectados.

La señalización de los riesgos, elementos o circunstancias se realizará según lo dispuesto a continuación:
  • La eficacia de la señalización no deberá resultar disminuida por la concurrencia de señales o por otras circunstancias que dificultan su percepción o comprensión.
  • La señalización deberá permanecer en tanto prevista la situación que lo motiva.
  • Los médicos y dispositivos de señalización deberán ser limpiados, mantenidos y verificados regularmente, y reparados o sustituidos cuando sea necesario, de forma que conserven en todo momento sus cualidades intrínsecas y de funcionamiento.

El color de la señal tiene gran importancia, ya que en función de éste, y la forma geométrica se determina qué tipo de mensaje ofrece.
 
Podemos agrupar las señales por su forma y color como sigue en el cuadro: