Cartelería fotoluminiscente y señales de seguridad - Metálicas Julio García, S.L.

Cartelería fotoluminiscente y señales de seguridad


Como fabricantes de señalización, ponemos a su disposición esta sección de cartelería fotoluminiscente y de seguridad.

Nuestras señales están realizadas bajo los estándares de la normativa de  aplicación:
• Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
• Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
• Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
• Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
• UNE 23033-1:2019, Seguridad contra incendios. Señalización de seguridad.
• UNE 23033-2:2018, Seguridad contra incendios. Señalización de seguridad.
• UNE 23034:2023, Seguridad contra incendios. Señalización de seguridad. Vías de evacuación.
• UNE 23035-1:2003, Seguridad contra incendios. Señalización fotoluminiscente.
Medida y calificación.
• UNE 23035-2:2003, Seguridad contra incendios. Señalización fotoluminiscente.
Medida de productos en el lugar de utilización.
• UNE 23035-3:2003, Seguridad contra incendios. Señalización fotoluminiscente. Señalizaciones y balizamientos luminiscentes.
• UNE 23035-4:2003, Seguridad contra incendios. Señalización fotoluminiscente.
Condiciones generales. Mediciones y clasificación.
• UNE EN ISO 7010:2020, Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas.

 

En términos generales la señalización de seguridad debe de utilizarse cuando se ponga de manifiesto la necesidad de:
• Llamar la atención sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
• Alertar cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación.
• Facilitar la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
• Orientar o guiar sobre determinadas maniobras peligrosas.
La elección del tipo de señal, cantidad, emplazamiento o dispositivos de señalización a utilizar en cada caso se debe de realizar de forma que resulte lo más eficaz posible, teniendo en cuenta:
• Las características de la señal.
• Los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse.
• La extensión de la zona a cubrir.
• El número de usuarios afectados.

Otros criterios a considerar:
Es importante que la eficacia de la señalización no resulte disminuida por la concurrencia de señales o por otras circunstancias que dificulten su percepción o comprensión.
La señalización deberá permanecer en tanto persista la situación que lo motiva.Los medios y dispositivos de señalización deberán ser limpiados, mantenidos y verificados regularmente, así como reparados o sustituidos cuando sea necesario, de forma que conserven en todo momento sus cualidades intrínsecas y de funcionamiento.

El color de la señal es fundamental, en base a éste y a su forma geométrica se determina el tipo de mensaje que ofrece.
El siguiente cuadro muestra los colores de seguridad, su significado y otras indicaciones sobre su uso:




Se recomienda usar el tamaño de la señal en función de los metros de visualización y del tipo de ella:
a) En las Señales de Seguridad y Protección Laboral.

El material en el que están fabricadas estas señales son PE, aluminio o adhesivo blanco con serigrafía o impresión digital.

Como fabricantes que somos podemos fabricar cualquier cartel en materiales y espesores distintos a los descritos aquí, siempre bajo pedido en firme.


b) En las Señales fotoluminiscentes.

Cumplen la norma UNE ISO 7010, unificación de pictogramas referentes a la señalización a nivel
europeo y la norma UNE 23035, que establece dos categorías de productos luminiscentes en función
de la luminosidad emitida:
1) Productos de categoría A de alta luminiscencia que se emplearán preferentemente para señales y balizamientos de lugares de concentración pública o con iluminación   exclusivamente artificial.
2) Productos de categoría B de menor luminancia que los A, que se podrán emplear para el resto de casos.

Aunque aún siguen vigentes las normas españolas citadas anteriormente, se pueden empezar a utilizar los nuevos pictogramas referentes a la norma EN ISO 7010 ya que es totalmente legal, por lo que paulatinamente Metálicas Julio García, S.L. irá reduciendo el stock con los pictogramas anteriores y adaptándose al cumplimiento de esta nueva normativa.

A continuación le mostramos el cuadro de luminarias mínimas requeridas por las normas UNE para placas y láminas luminiscentes:

 

Toda señal debe ir identificada de forma duradera con los siguientes datos:
- Denominación del producto según su categoría (clase A o B)
- Valores lumínicos del producto.
- Fecha de fabricación (año/mes).
Actualmente poseemos las placas con este tipo de Normativa, las cuales están fabricadas con los siguientes materiales:
- Para las placas fotoluminiscentes con Categoría A y B, el material en el que están fabricadas estas señales es PVC Fotoluminiscente 0,7mm con pictogramas serigrafiados.
Podemos personalizar cualquier cartel fotoluminiscente en diferentes tamaños y en espesor de 1,2 mm. y en vinilos adhesivos mediante impresión digital.